Medidas para la nueva realidad en Andalucía tras la superación del estado de alarma

20.06.2020

La Junta aprueba una serie de normas en diferentes sectores de actividad, tras asumir las competencias para gestionar la crisis del coronavirus

La Junta de Andalucía ha aprobado una serie medidas preventivas de salud pública que afecta a la gran mayoría de sectores de actividad que entrarán próximamente en una nueva realidad tras la superación del estado de alarma provocada por la pandemia del Covid-19. De hecho, el organismo asumirá este domingo las competencias para gestionar la crisis del coronavirus.

Hostelería y restauración

Será uno de los sectores en los que más cambios se producirán a partir del próximo domingo. De hecho, los negocios relacionados con la hostelería y restauración deberán disponer de procedimientos de recuento y control de usuarios, ya que se estima de un 75% de aforo en el interior en barra o en agrupaciones de mesas con una separación de 1,5 metros. En las terrazas se podrán ocupar todas las mesas disponibles. La agrupación máxima de personas en las mesas, tanto dentro como fuera serán de 25 personas.

Se deberá dar prioridad a las mantelerías de un solo uso y si no es posible se deberá hacer un cambio entre clientes. Mientras, los servilleteros serán en monodosis desechables.

Otro de los grandes cambios tiene relación con el autoservicio, ya que se limita de forma considerable la manipulación directa con los productos por parte del cliente.

Salones de celebraciones y discotecas

Se estima un aforo máximo de 75% en todos los casos. Es decir, 250 personas en el interior de 300 al aire libre.

En las discotecas se estima un aforo del 40% en mesas de interior, mientras que en las terrazas se podrá ocupar hasta un 75%, con un máximo de 25 personas por mesas o agrupaciones en ambos espacios.

Establecimientos de esparcimiento para menores o centros recreativos infantiles

En los establecimientos de esparcimientos se destina un aforo del interior de un 40% y del 75% en las terrazas, con 25 personas por mesas o agrupaciones. En cambio, los establecimientos recreativos infantiles permanecerán cerrados.

Parques de atracciones, temáticos y atracciones de feria

Las atracciones de feria se regularizarán a través de los ayuntamientos, por lo general, se deberá respetar un 50% de la fila de asientos y al menos con unos 1,5 metros de distancia entre asintos. Mismo porcentaje en atracciones sin asientos. Esta cifra baja al 30% en atracciones sin asientos en los que no se puedan garantizar la distancia de seguridad con mascarilla y desinfección de manos.

En los parques de atracciones se regularán como en las de feria no deberán superar un 60% del aforo estipulado y en espacios cerrados de un tercio.

En los restaurantes y centros de hostelería ubicados en estos espacios estará regulados conforme a lo estipulado para este tipo de establecimientos.

Establecimientos de actividades zoológicas, botánicas y geológicas

En estos espacios el aforo estará delimitado a dos tercios del número total de visitantes y sin formas grupos mayores de 25 personas y siempre manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros o en su caso con mascarillas.

En caso de que existan atracciones estas se regularán como en las de feria. Y en los espacios de hostelería y restauración se regularán conforme a la regulación establecida para este tipo de establecimientos.

Juegos y apuestas

Se llevará a cabo una reapertura condicionada y no deberá superará el aforo máximo en hostelería. Además, deberán garantizar estrictos sistemas de recuento y control de aforo.

Zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos

En estos espacios, y preferentemente al aire libre, no se deberá superar el 50% del aforo máximo permitido con un máximo de 20 personas. Se deberá mantener la distancia de seguridad o en su defecto el uso de mascarilla protectora.

Las zonas comunes deberán estar equipadas con geles hidroalcohólicos y se deberá realizar un proceso de desinfección después de cada cliente y ventilación al final del servicio.

Guías turísticos

La contratación de este tipo de servicios se deberá realizar con cita previa y si superar grupos de 30 personas. Además, se deberán evitar zonas y lugares que puedan generar aglomeraciones. Se deberá mantener la distancia de seguridad o uso de la mascarilla.

En la visita a monumentos o espacios culturales se deberá respetar además las normas específicas de estos espacios, que no podrán suministrar folletos o análogos.

Congresos, reuniones y conferencias

El aforo estará relacionado con aquel que permita mantener una distancia de seguridad mínima interpersonal de 1,5 metros, que será, como máximo, de un 75% del total permitido.

Centros y locales comerciales

En las zonas comunes se deberá mantener la distancia de seguridad establecidas de 1,5 metros y se deberá señalar de forma clara el aforo efectivo por el establecimiento. Se deberá limpiar dos veces al día, siendo obligatorio al final de la jornada.

En espacios tales como escaleras y ascensores será de especial importancia el mantener los 1,5 metros. Las entradas y salidas deberán estar bien diferenciadas y en los aseos se aplicarán las mismas medidas que en los locales comerciales.

Estas medidas se aplicarán de igual forma a los locales comerciales, aunque estos últimos si podrán ofrecer servicios de entrega a domicilio y recogida de la compra en zonas habilitadas todos los días de la semana. Además, se deberá facilitar el pago y la recepción del producto sin contacto personal.