IU y PSOE Torrox presentan acción de nulidad contra la permuta la permuta de parcelas para el tanatorio

23.10.2020

Ambos partidos consideran totalmente inadecuada la instalación de un Tanatorio entre viviendas y en una zona de uso residencial que legalmente no puede ser compatible con ese tipo de instalaciones 

Maqueta del futuro tanatorio de Torrox - Imagen de Archivo
Maqueta del futuro tanatorio de Torrox - Imagen de Archivo

Los concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida de Torrox han preparado la impugnación del nuevo tanatorio, y junto a los concejales del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento, han interpuesto acción de nulidad contra el decreto por el que se aprueba permutar la parcela municipal por el inmueble 'El solar', propiedad de la Sociedad Azucarera Larios, para construir en dicho espacio un futuro tanatorio, según recoge Radio Torrox.

Los grupos de la oposición ya presentaron el 26 de marzo de 2019 un recurso de reposición contra el decreto de Alcaldía por entender que la ubicación elegida para el tanatorio no es adecuada al tratarse de suelo residencial no compatible, según la legislación, con la instalación de servicios funerarios o mortuorios. El Partido Popular desoyó a los vecinos que se manifestaron en contra de dicha ubicación y ni siquiera resolvió el recurso presentado por los grupos IU, PSOE y Cs.

IU y PSOE consideran totalmente inadecuada la instalación de un Tanatorio entre viviendas y en una zona de uso residencial que legalmente no puede ser compatible con ese tipo de instalaciones.

"El planeamiento urbanístico de Torrox no permite hacer un Tanatorio en esa parcela y además hemos detectado graves ilegalidades en el expediente de permuta. Por ello estanos en condiciones de afirmar que la permuta es nula de pleno derecho" ha indicado la portavoz de IU María José Prados

Necesidad de Permuta

El artículo 112.2 del RBEL (que es legislación básica) dice que en un expediente que autorice una permuta, deben quedar precisadas y acreditadas la conveniencia y la necesidad de la permuta.

En el expediente de la permuta impugnada puede entenderse justificada la conveniencia de la permuta, pero nunca su necesidad. La equidistancia de la parcela a permutar entre los dos camposantos municipales, su cercanía a nudos de transporte público y la innovación urbanística que afecta a la zona situada al otro lado de la carretera son argumentos que, en el mejor de los casos, pueden justificar la conveniencia, pero para justificar su necesidad sería imprescindible acreditar que en el planeamiento urbanístico vigente no existe alternativas válidas para ubicar el pretendido tanatorio.

"Han omitido conscientemente en el expediente de permuta que en el año 2013 se aprobó una Modificación Puntual de Elementos del PGOU de Torrox (publicada en el BOP el 22 de enero de 2014), mediante la cual los "Terrenos del antiguo campo de futbol" pasan de sistema general de equipamiento deportivo a sistema general de equipamiento social, con objeto de ubicar ahí el tanatorio. Por tanto, hay acomodo urbanístico para el tanatorio, no pudiendo estar acreditada nunca la necesidad de la permuta pretendida" ha indicado la portavoz socialista Mari Ramírez.

Diferencia de valores de los bienes

El artículo 47 del reglamento de Bienes de Entidades locales de Andalucía, indica que en la tramitación del expediente de permuta debe acreditarse su necesidad y podrá aprobarse siempre que la diferencia de valor entre los bienes que se trate de permutar no sea superior al 40% del que lo tenga mayor.

La parcela de Larios cuesta según informes 1.025.240 € mientras que la parcela municipal está valorada realmente en 146.255,33 €, lo que supone una diferencia del 85,73%, incumpliendo la Ley de Bienes de entidades locales de Andalucía.

Para superar esta ilegalidad, se incluye en el expediente un supuesto de valoración como si el sector UE13 estuviese completamente urbanizado, incluyendo las viviendas de Renta Libre y las VPO. Así incrementan el valor de la parcela municipal a 715.981,90 € en el supuesto de que estuviese urbanizado.

Incompresiblemente, el arquitecto municipal, toma como indicador del valor de la parcela municipal no su valor real, que es el valor exigido por la Legislación, sino el supuesto y artificialmente forzado valor estimado.

"Forzar un supuesto valor estimado de la parcela municipal para elevar artificialmente su precio y así justificar el cumplimiento del porcentaje referido supone una violación flagrante de la LBELA. Esta errónea valoración, transgrediendo lo dispuesto en la legislación de bienes municipales, puede acarrear la nulidad radical del expediente de permuta" ha declarado María José Prados.

Parcela Embargada

Ni en el informe jurídico, ni en los informes de valoración, ni siquiera en el contrato de permuta firmado con fecha 22 de mayo de 2019 se hace mención alguna a la importante carga registral de que la parcela municipal se encuentra gravada con anotación preventiva de embargo letra A de fecha 19 de septiembre de 2011, a favor de don Antonio Barragán Martín.

Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia

No consta en el expediente que el procedimiento de permuta se haya cumplimentado adecuadamente por parte del Ayuntamiento según el art. 49.2 del RBEL "El órgano competente para acordar la permuta deberá instar la presentación de ofertas de inmuebles o derechos para permutar, mediante un anuncio al público con inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios de la Entidad y algún medio de comunicación de mayor difusión."

Mediante esta permuta la Sociedad Azucarera Larios consigue, además, una serie de beneficios de futuro que le supondrán un verdadero pelotazo.

Primero, al conseguir Larios la parcela municipal de la UE13 logrará ser propietario de más del 50% del sector y podría ser decisorio en los acuerdos de la Junta de Compensación de la UE13. Esto condicionará a los pequeños propietarios del sector UE13, que se verán obligados por Larios en todos los trámites de urbanización.

Y en segundo lugar, la parcela municipal que se permuta permite actualmente la ejecución de 24 viviendas de VPO. Pero, si Larios la consigue puede ejecutar todas las viviendas de renta libre.

"Según nuestros cálculos, cotejados con expertos urbanísticos, si se hacen las valoraciones con precios medios reales de las viviendas de renta libre, resulta que la Sociedad Azucarera tendría que abonar al Ayuntamiento más de medio millón de Euros. Ahí estaría el pelotazo", ha indicado la portavoz de Izquierda Unida.

Por todo ello y teniendo en cuenta además el interés de los vecinos de Torrox Costa y de los pequeños propietarios de la UE13, presentamos esta acción de nulidad. El alcalde deberá declarar nulo el Decreto que aprobó esta permuta, como solución inmediata que evitaría otras acciones ante la Justicia.