Fin a las franjas horarias de adultos para pasear con niños en pueblos de hasta 10.000 habitantes y densidad de 100 habitantes por km2
- Estas medidas solo aplican a aquellos empadronados en esos municipios o que hayan pasado allí los últimos 14 días- No se aplicará esta orden a los municipios en los que su casco urbano consolidado colinde con otro municipio o ente que no cumpla ambas condiciones- Los bares y restaurantes pueden servir en el interior del local como si estuvieran en fase 2, aunque con un aforo menor, del 40%

Con el paso de los días, la vuelta a una nueva normalidad está cada vez mas cerca. Hoy, 22 de mayo, El BOE recoge una nueva orden ministerial que relaja algunas de las medidas de confinamiento para municipios y entes inferiores de hasta 10.000 habitantes en fase 0 y 1. Pero con una serie de condiciones a cumplimentar: deben tener una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado y que se encuentren en estas dos primeras fases.
Asimismo, esta nueva orden no tendrá validez en los pueblos en los que su casco urbano consolidado colinde con otro municipio o ente - caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos - que no cumpla ambas condiciones. O, en caso de cumplirlos, la suma sea superior a los 10.000 habitantes.
De esta forma, según recoge el BOE se eliminan las franjas horarias para pasear y hacer deportes a cualquier hora. Además, se acaba el límite de un adulto acompañado de un máximo de tres menores de 14 años. Y aquellos municipios que estén en fase 1 tendrán libertad de movimientos por todo el territorio de la desescalada en grupos de hasta 15 personas, no 10.
Los paseos se podrán realizar, además, por todo el municipio o, en su defecto, a cinco kilómetros, siempre que si se pasa por pueblos adyacentes estén dentro del mismo territorio de desescalada y entren dentro de las condiciones de esta orden: hasta 10.000 habitantes y densidad de población menor a 100 habitantes por km².
Según recoge la Orden, las comunidades autónomas podrán frenar estas medidas de flexibilización si consideran que existe riesgo de brote. Serán los Ayuntamientos de las localidades los encargados de aprobar planes de adaptación del espacio público como pasos de peatones, carriles bicis.
Terrazas y bares independientemente de la fase
Las terrazas de bares y restaurantes podrán abrir al 50% en estos municipios, estén o no en fase 1. También los bares y restaurantes pueden servir en el interior del local como si estuvieran en fase 2, aunque con un aforo menor, del 40%. Eso sí, siguen sin poder abrir las discotecas y los locales de ocio nocturno.
En bares y restaurantes se seguirán dando servicio solo en mesa con camarero y, si es posible, bajo reserva. Se permiten estaciones de autoservicio siempre que tengan pantalla y las raciones estén emplatadas de forma individual.
Velatorios y lugares de culto
Los velatorios podrán ser de hasta 25 personas al aire libre o 15 en espacios cerrados, como en la fase 2. La comitiva fúnebre, de hasta 25 personas y, si lo hubiera, el cura o similar.
Además, se permite la apertura de centros de culto a la mitad del aforo, con mascarilla y con limpieza entre diferentes celebraciones. En ninguno de los lugares de culto puede haber contactos, ni besar ni tocar objetos, ni reparto de folletos. Además, tampoco se permiten los coros.
Deporte
Se permite la apertura de las instalaciones deportivas cubiertas y las piscinas, ambas a un 30% del aforo, con cita previa y solo para hacer deporte. Se permite el uso de los vestuarios y solo se podrá entrenar de forma individual o en parejas si el deporte no exige contacto. En las piscinas, además, solo podrá nadar un deportista por calle, y se dará prioridad a los federados de deportes acuáticos.
También como si estuvieran en fase 2, esta orden ya permite que los clubes profesionales puedan entrenar en grupos de 14 jugadores, pero se seguirá sin permitir el acceso de la prensa a los entrenamientos. Los clubes de ligas no profesionales federadas podrán empezar a realizar entrenamientos básicos individuales en sus instalaciones.
Lugares de lectura
Se podrán leer libros en las salas de las bibliotecas y utilizar los ordenadores de consulta, pero a un 30% del aforo y limpiando tanto la zona de lectura como los ordenadores u otros dispositivos entre un usuario y otro. Eso sí, las salas infantiles y colecciones de libre acceso deben permanecer cerradas.
Pincha aquí se deseas leer el BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/22/pdfs/BOE-A-2020-5218.pdf