El Ayuntamiento de Nerja reitera su apoyo en la reactivación del comercio local

05.05.2020

El concejal de Comercio del municipio, Javier López, ha informado en tarde de hoy, 5 de mayo, que el consistorio trabaja en la colaboración de estimulación de la actividad comercial, una vez que las diferentes fases de la desescalada del confinamiento lo permitan

Javier López en rueda de prensa
Javier López en rueda de prensa


López ha comunicado que el Ayuntamiento de Nerja trabaja "para prestar toda su colaboración en la reactivación de la actividad comercial local", una vez que se vaya recuperando la normalidad según vayan avanzando las diferentes fases de la desescalada del confinamiento. El edil también ha querido señalar que el consistorio trabaja en incentivos concretos para paliar el daño económico que está produciendo el Covid-19, junto con un sistema de información y asesoramiento a través de varias vías: a través de Whatsapp (647900441), teléfono (952548436) o por correo electrónico (industria@nerja.es), además de un catálogo de trámites telemáticos en el área de Comercio de la sede electrónica del Ayuntamiento, previo acceso mediante el certificado digital.

Para todo ello, desde el consistorio han querido recordad que, desde ayer lunes 4 de mayo, los comercios locales pueden abrir sus puertas, salvo los que superen los 400 metros cuadrados, cumpliendo siempre con las medidas del Ministerio de Sanidad:

- Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma, a excepción de aquellos que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados.

- Se establecerá un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de estos.

- Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo (10 a 12 h. y de 19 a 20h).

- Las actividades de hostelería y restauración podrán realizarse mediante servicios de entrega a domicilio y mediante la recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos correspondientes, quedando prohibido el consumo en el interior de los establecimientos. Estos establecimientos solo podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de pedidos. Se asegurará de que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo.

- La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barreras, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos, debiendo señalarse con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.

- Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos en la entrada del local. Además, deberán disponer de papeleras con tapa de accionamiento no manual, dotadas con una bolsa de basura.

- No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba.

- En las tiendas de venta de ropa, las prendas probadas y no adquiridas por un cliente deben ser higienizadas antes de facilitarse a otro cliente.

- Se deberá garantizar una ventilación adecuada de los establecimientos y locales, además de limpiarse y desinfectarse adecuadamente al menos dos veces al día.